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Cómo afecta la Nueva Reforma Fiscal a la Rehabilitación de Viviendas

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Con la entrada en vigor de la nueva reforma fiscal, en términos generales, se reducen las deducciones fiscales por obras de mejora o rehabilitación de viviendas. Como norma general, la deducción por la rehabilitación de la vivienda habitual se puede hacer si las obras se iniciaron en 2012.
Es condición necesaria para la deducción por los siguientes conceptos, que el contribuyente hubiera satisfecho cantidades para la realización de obras de rehabilitación de su vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2013 y que las obras estén terminadas antes de 1 de enero de 2017.
Las obras que estarían sujetas a deducción fiscal son las siguientes:
• La rehabilitación imprescindible para la conservación de la vivienda. Es necesario que las obras hayan sido calificadas o declaradas como actuación protegida en materia de rehabilitación de viviendas, según la normativa vigente.
• Que tengan por objeto la reconstrucción de la vivienda mediante consolidación y el tratamiento de las estructuras, fachadas o cubiertas y otras análogas y que el coste global de las operaciones de rehabilitación exceda del 25% del precio de adquisición si se hubiese efectuado ésta durante los dos años anteriores a la rehabilitación, o en cualquier otro caso, del 25% del valor de mercado que tuviera la vivienda en el momento de la rehabilitación. A estos efectos, se descontará del precio de adquisición o del valor de mercado de la vivienda, la parte proporcional correspondiente al suelo.
• La mejora de la eficiencia energética, de la higiene, salud y protección del medioambiente.
• La utilización de energías renovables.
• La seguridad y la estanqueidad y, en particular, la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros,
• Que favorezcan la accesibilidad al edificio o a las viviendas en determinadas condiciones,
• La instalación de infraestructuras de telecomunicación que permitan el acceso a internet o a servicios de televisión digital
La desgravación ascenderá al 15% del importe invertido con un límite de inversión anual de 9.040 euros para ampliación y rehabilitación, mientras que la deducción para obras de adaptación de personas con discapacidad es del 20% (un 25% en Cataluña), con un límite de 12.080 euros.
Desde Inarquia, hemos querido investigar cómo se traduce la nueva reforma fiscal en algunas comunidades autónomas como Madrid, Cataluña, Valencia, Navarra, La Rioja y Canarias.
Comunidad de Madrid
Desde el pasado 1 de enero de 2013, el Ministerio de Hacienda suprimió la deducción fiscal por inversión en la vivienda habitual. Sin embargo, pueden continuar obteniendo esta deducción aquellos contribuyentes que realicen obras de rehabilitación si cumplen alguno de estos requisitos:
a)Las obras hayan sido calificadas o declaradas como actuación protegida en materia de rehabilitación de viviendas, según las normativa vigente.
b)El objeto de la reconstrucción de la vivienda sea las estructuras, fachadas o cubiertas y que el coste global de las operaciones exceda del 25% del precio de adquisición si se hubiese efectuado durante los dos años anteriores a la rehabilitación, o el 25% del valor del mercado que tuviera la vivienda en el momento de la rehabilitación.
c)El contribuyente hubiera realizado las obras en su vivienda habitual antes de 1 de enero de 2013 y que las obras estén terminadas antes de 1 de enero de 2017.
«El máximo a desgravar será de 1.356 euros para una base máxima de deducción de 9.040 euros»
Existen gastos con derecho a deducción por rehabilitación como Planos de la obra en caso de ampliación o permiso de obras, la amortización, los intereses, las comisiones y demás gastos relativos a la financiación y el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Sin embargo, existen gastos que no tienen derecho a deducción por rehabilitación, como es el caso de los gastos de conservación y reparación, las mejoras en sí, y los gastos de sustitución de elementos, tales como instalaciones de calefacción, ascensores o puertas de seguridad.
Cataluña
A partir de 1 de enero de 2013 pueden aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual que será del 7,5% o del 15% si se trata de las obras de adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad, los siguientes contribuyentes:
a) Quienes hayan adquirido la vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 o hayan satisfecho antes de esta fecha cantidades para la construcción de la vivienda habitual.
b) Quienes antes del 1 de enero de 2013 hayan satisfecho cantidades por obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual, siempre y cuando estas obras estén terminadas antes del 1 de enero de 2017.
c) Quienes antes del 1 de enero de 2013 hayan satisfecho cantidades para realizar obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad, siempre y cuando estas obras o instalaciones estén terminadas antes del 1 de enero de 2017.
Para aplicar esta deducción es necesario que el contribuyente hubiera practicado esta deducción en 2012 o años anteriores, salvo que no haya sido posible por no haber sobrepasado los límites de bases de deducción por viviendas anteriores o el importe exento por reinversión.
Se aplicará la deducción del 1,5% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por la rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente.
Comunidad Valenciana
Recientemente, la consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana, ha afirmado que para promover el sector de la construcción, mediante la rehabilitación energética, incrementa la deducción fiscal del IRPF del 10 al 25% para obras en la vivienda habitual o en el edificio. El contribuyente debe haber comenzado las obras en su vivienda habitual antes de 1 de enero de 2013 y deben estar terminadas antes de 1 de enero de 2017.
«Supondrá un ahorro de entre 1 y 2 millones de euros en 2.015»
Actualmente, existen unas 660.000 viviendas que pueden acogerse a estas deducciones por la necesidad de ser rehabilitadas en la Comunidad Valenciana, ya que el parque de viviendas de más de 50 años representa el 26% del total.Los beneficiarios obtendrían un ahorro medio por familia de 575 euros al año. Además, la rehabilitación contribuye a la generación de actividad, ya que por cada 100 viviendas rehabilitadas, se generan entre 6 y 26 puestos de trabajos directos.
«La inversión total podría ascender a 12.000 millones de euros»
A estas medidas fiscales, se añaden un nuevo plan de ayudas a la eficiencia y el ahorro energético, puesto que existe un descuento directo de 250 € por sustituir calderas por otras de alta eficiencia energética, y un descuento de 90€/m2 para la renovación de las ventanas con mejor aislamiento térmico.
Navarra
Para que una vivienda pueda acogerse a la deducción fiscal en Navarra, la vivienda debe cumplir los siguientes requisitos:
a)El objeto principal debe ser la reconstrucción de la vivienda, siempre y cuando más del 50% del coste total del proyecto de rehabilitación se corresponda con obras de consolidación o tratamiento de elementos estructurales, fachadas o cubiertas con obras análogas o conexas a la rehabilitación.
b)El coste total de las obras del proyecto, exceda del 25% del precio de adquisición de la edificación si se hubiese efectuado durante los dos años inmediatamente anteriores al inicio de la obra de rehabilitación o del valor de mercado que tuviera la edificación en el momento de inicio.
c)El contribuyente debe haber comenzado las obras en su vivienda habitual antes de 1 de enero de 2013 y deben estar terminadas antes de 1 de enero de 2017.
Existe una limitación anual en la que la base de deducción fiscal no podrá exceder de 7.000 euros por sujeto pasivo.
La Rioja
En el caso de jóvenes, podrá deducirse el 5% de las cantidades satisfechas en el ejercicio de la rehabilitación en la vivienda cuando constituya o vaya a constituir la residencia habitual. La deducción será del 7% cuando la tributación no exceda de 18.030€ o 30.050 en caso de tributación conjunta. Para el resto de contribuyentes sólo podrá deducirse el 2% de las cantidades satisfechas cuando constituya la vivienda habitual.El contribuyente debe haber comenzado las obras en su vivienda habitual antes de 1 de enero de 2013 y deben estar terminadas antes de 1 de enero de 2017
Canarias
La deducción fiscal ascenderá al 10% sobre los gastos derivados de las obras de rehabilitación o reforma. El contribuyente debe haber comenzado las obras en su vivienda habitual antes de 1 de enero de 2013 y deben estar terminadas antes de 1 de enero de 2017.
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