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¿Conoces el Informe de Evaluación del Edificio?

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El Informe de Evaluación de los Edificios (IEE) es un documento técnico que recoge la información y evaluación de los edificios para acreditar la situación en la que se encuentran. Al menos en la relación con su estado de conservación, con el cumplimiento de la normativa vigente.

Es sobre accesibilidad universal, y la certificación de su eficiencia energética.

Todo esto forma parte de la Rehabilitación de Edificios.

¿Quién está obligado a realizar estos documentos? Según el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre. Por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, están obligados:

– Los propietarios de inmuebles ubicados en edificios residenciales de vivienda colectiva que tengan una antigüedad superior a los 50 años.

– Los propietarios de cualquier edificio, con independencia de su antigüedad, cuando pretendan solicitar ayudas públicas para realizar obras de conservación, de accesibilidad universal o eficiencia energética.

Edificios, en función de su ubicación, antigüedad, tipología o uso predominante, que así lo determine la normativa autonómica o municipal.

Si nos encontramos dentro de algunos de estos grupos, deberemos ponernos en contacto con un técnico facultativo competente para su realización.

También pueden realizarlo las entidades de inspección registradas que pudieran existir en las comunidades autónomas, siempre que cuenten con dichos técnicos.

 

Real Decreto 233/2013, de 5 de abril

Existen ayudas o subvenciones que cubren parte de los gastos de honorarios profesionales por la emisión del IEE. El Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, tiene un “Programa de apoyo a la implantación del Informe de Evaluación de los Edificios” en el que se establece:

– Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las comunidades de vecinos, agrupaciones de comunidades o propietarios únicamente de edificios de carácter predominantemente residencias, que cuenten con el informe de evaluación antes de que finalice el año 2016.

– La cuantía de las ayudas consistirán en una subvención, equivalente a una cantidad máxima de 20 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio.

Y una cantidad máxima de 20 euros por cada 100 m2 de superficie útil de local, sin superarse la cantidad de 500 euros, ni el 50% del coste del informe por edificio.

– Las condiciones para la obtención de la ayuda será, la presentación del Informe de Evaluación del Edificios debidamente cumplimentado y suscrito por un técnico competente. Deberá aportarse también la factura de honorarios emitida por el profesional.

Carmona y de la Torre Arquitectos S.C.P. es un joven estudio de arquitectura situado en el centro de Valencia que, desde 2007, ofrece trabajos en el campo de la rehabilitación y certificación energética de edificios.

Para más información visita la página web o manda un email a estudio@carmonaydelatorrearquitectos.com

Más información:

www.carmonaydelatorrearquitectos.com

 

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