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Nueva Directiva de Eficiencia Energética 2012/27/UE

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En marzo de 2011, la Comisión relativa al Plan de Eficiencia Energética comunica, que la Unión Europea no alcanzará los objetivos de aumentar la eficiencia energética en un 20% para el año 2020 si no se toman medidas urgentes.

De aquí surge la necesidad de la Directiva 2012/27/UE en materia de Eficiencia Energética.

Esta directiva deroga las directivas 2004/8/CE (fomento de la cogeneración) y 2006/32/CE (eficiencia del uso final de la energía y servicios energéticos),y a su vez modifica las directivas 2009/125/CE (requisitos de diseño ecológico aplicable a productos relacionados con la energía) y 2010/30/UE (etiquetado de dichos productos).

Posición de España

Dada la situación económica, esta directiva supone una carga importante, debido a un cambio injustificado de la metodología que se estaba llevando a cabo anteriormente, en materia de eficiencia energética, lo que conlleva costes transaccionales y aumento de esfuerzo para adaptar a las políticas existentes.

Además no se contabilizan los ahorros anteriores a 2014 ni los posteriores a 2020.

Por otra parte, implica la renovación de los edificios públicos, nuevas infraestructuras de sistemas urbanos de calefacción y refrigeración y la cogeneración de alta eficiencia, que debe sopesarse frente a las necesidades de flexibilidad del sistema eléctrico.

Compromiso

España mantiene el compromiso de dar cumplimiento al objetivo de alcanzar el 20% de ahorro de energía primaria en 2020 a pesar de la problemática existente.

La transposición de dicha directiva debe de realizarse en este mes de junio.

En la web del Mincotur encontramos el Proyecto de Real  Decreto por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética, que todavía no ha sido aprobado de forma definitiva.

Para su transposición se deben tener informes de progresos de los objetivos de eficiencia, un inventario de los edificios del Gobierno o la estrategia a largo plazo para la renovación de los edificios.

Plan de trabajo de transposición

Para cumplir con la directiva, es necesario cumplir un objetivo mínimo de ahorro entre 2014-2020 de 15.979 ktep (tonelada equivalente de petróleo), que equivale a un ahorro anual adicional de 571 ktep/año, por eso es necesario realizar el Plan de Acción para la Eficiencia energética (PAEE) 2014-2020.

En la web del IDAE se encuentra el Plan de Acción de Ahorro y Eficiencia Energética 2011-2020, que todavía no tiene en cuenta los requerimientos de la nueva directiva de eficiencia energética.

Principales aspectos del Proyecto de Real Decreto de la transposición de la Directiva de Eficiencia Energética 2012/27/UE

  • Las grandes empresas deberán someterse a una auditoría energética antes del 5 de diciembre de 2015, y que se repetirá cada 4 años a partir de la fecha de la auditoría energética anterior, todo ello según el Anexo VI de la directiva.
  • Además será necesario disponer de un registro de empresas obligadas a la realización de dicha auditoría y un sistema de inspección que compruebe su cumplimiento.
  • Será necesario un sistema de acreditación de auditores energéticos y de proveedores de servicios energéticos.
  • A partir del 1 de enero de 2017 será obligatorio la contabilidad individualizada de consumos para todas las instalaciones térmicas, calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria (ACS).
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