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Mejorar la Accesibilidad de 400.000 Edificios en España

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Ya queda solo un año para que termine el plazo para cumplir con la Ley de Accesibilidad. Los edificios de viviendas existentes están obligados a realizar ajustes razonables de accesibilidad antes del 4 de diciembre de 2017.

Para garantizar que las personas con discapacidad puedan hacer uso de los elementos comunes en las mismas condiciones que los demás vecinos para una correcta Eficiencia Energética.

Así lo recoge el Real Decreto Legislativo 1/2013 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social.

En España hay en la actualidad más de 400.000 edificios antiguos de cuatro y cinco plantas con problemas de accesibilidad. Las compañías del sector intentarán instalar ascensores en estos edificios para mejorar su accesibilidad.

También tienen que solucionar los problemas de acceso a los portales o dentro de los mismos como los peldaños o las escaleras.

La mayoría de estos edificios fueron construidos antes de los años sesenta, cuando la ley no obligaba a instalar un ascensor en los inmuebles con menos de seis alturas y se suelen encontrar en la periferia de las grandes ciudades.

El año pasado se instalaron en España un total de 14.396 ascensores de obra nueva y rehabilitación.

Estas instalaciones que generaron un volumen de negocio para el sector de 2.742 millones de euros. Cifra que incluye no sólo los elevadores sino también las actividades de conservación y exportación de productos.

De ellos, aproximadamente un 10 % correspondió a ascensores de rehabilitación. En esta categoría se incluyen, en su mayoría, aquellos elevadores que se instalan de forma anexa a los edificios rompiendo las fachadas para dar acceso.

Según el último censo de viviendas elaborado por el Instituto Nacional de Estadística (INE), en España había 419.379 viviendas de cuatro y cinco alturas con problemas de accesibilidad en 2011, de los que una buena parte se debía a la carencia de ascensor.

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Ayudas y Subvenciones a la Instalación de Ascensores

Las subvenciones para la instalación y renovación de ascensores estaba previsto en el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016. Regulado en 2013 por el Real Decreto 233.

Unas ayudas que han intentado dar solución a numerosas comunidades de vecinos  que necesitan de este tipo de instalaciones.

Los edificios que quieran acogerse a estas subvenciones deben cumplir con algunas condiciones previas ya que deben ser inmuebles finalizados antes de 1981 y como mínimo el 70% de la superficie sobre rasante debe tener uso residencial de vivienda.

También al menos el 70% de las viviendas deben constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.

Son subvencionables tanto la instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas como cualquier otro dispositivo de accesibilidad, incluyéndose los mecanismos adaptados a personas con discapacidad sensorial.

Se subvenciona toda instalación en edificios que no cuenten con ascensor pero también la adaptación del ascensor una vez instalado.

También en las diferentes comunidades autónomas se han aprobado Reales decretos para  promover subvenciones para este fin. Podemos citar los de la comunidad de Galicia, Murcia o las de Castilla y León.

Recientemente el Área de Desarrollo Urbano Sostenible del Ayuntamiento de Madrid ha puesto en marcha el Plan MAD-RE (Madrid Recupera), con el fin de impulsar la regeneración de la ciudad.

Se trata de un programa a largo plazo que arranca en 2016 con una inversión prevista de 16 millones de euros.

En las Áreas Preferentes de Impulso a la Regeneración Urbana (APIRU) estarán incluidas en la subvención las obras de accesibilidad.

Como, por ejemplo, ascensores y rampas, eficiencia energética como aislamiento de fachadas, cubiertas, ventanas y calderas y también conservación que incluye la reparación de elementos deteriorados.

 

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