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Ley de Servicios Profesionales, Honorarios para Arquitectos e Ingenieros

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En la actualidad con el proyecto de Ley de Servicios Profesionales muchos son los que creen que deberían fijarse honorarios mínimos, ante la continua bajada de los precios en la construcción. Hasta 1996 en España esos honorarios estaban fijados para los profesionales de la construcción, pero tras la reforma de 1996 la Ley de Colegios Profesionales (LCP) sólo fijaba unos baremos con carácter informativo. Esto se debió a que una normativa europea prohibía que existieran honorarios.
La reforma de 2009 de LCP siguió con la liberalización del mercado añadiendo la prohibición de que se fijaran esos baremos orientativos o recomendados para los honorarios. Por lo que en la actualidad esos honorarios no existen, sin embargo, en Alemania existe una regulación para los honorarios, ¿por qué ahí no «está prohibido» según la legislación europea?
En Alemania existe un reglamento federal con rango de ley para los honorarios de arquitectos e ingenieros, el HOAI, Honorarordnung für Architekten und Ingenieure (cuya traducción por el CSCAE puede consultarse al final de esta noticia), cuya versión actual entró en vigor el 18 de agosto de 2009.
Para el cálculo de los honorarios existen unas bases de cálculo, según el HOAI:
a) Costes imputables o la superficie del proyecto o las unidades de cálculo, dependiendo del tipo de trabajo o proyecto que se trate. Son los costes a los que aplicar las bases para la determinación de los honorarios, se determinan a partir de las normas de ingeniería o prescripciones administrativas en base a precios locales.
b) Descripción de los servicios. En este caso describe las prestaciones o servicios de las cuales serán responsables y percibirán honorarios. Se definen 9 fases como son la determinación de las bases, el planeamiento preliminar, el proyecto básico, el planeamiento de licencia,el proyecto de ejecución, la preparación de la adjudicación, la participación en la adjudicación, la supervisión del producto objeto y la gestión del producto objeto y documentación.
c) Zona de honorarios, representan el grado de dificultad de un proyecto o planificación. Según el proyecto a realizar se dividen en dos, tres o cinco franjas de dificultad, como en el caso de la edificación. En el caso de proyectos de edificación el reglamento marca cinco zonas de dificultad:
1.Zona de honorarios I: exigencias de planificación muy bajas.
2.Zona de honorarios II: exigencias de planificación bajas
3.Zona de honorarios III: exigencias de planificación medias
4.Zona de honorarios IV: exigencias de planificación superiores a las medias
5.Zona de honorarios V: exigencias de planificación muy altas
En el anexo 3 del HOAI, se enumeran de forma precisa los tipos de proyectos que normalmente se asignarán a cada una de las franjas de honorarios.
d) Tabla de honorarios en la que se fijan los honorarios mínimos y máximos. Se elaboran en base a los costes imputables, los servicios descritos en el reglamento y las zonas de honorarios establecidas.
En el artículo 7 del HOAI se especifican algunas recomendaciones importantes para la determinación contractual de los honorarios como que los honorarios dependen del acuerdo escrito, si los costes imputables se determinan fuera de las tablas los honorarios son de libre acuerdo, las tarifas mínimas pueden descender en algunas excepciones o si se modifica el volumen de los servicios se adaptarán los honorarios.
Estamos viviendo momentos difíciles para el sector de la construcción debido a la gran competencia que existe, y que hace que los precios sean muy bajos, y con los Certificados de Eficiencia Energética de los edificios ocurre algo similar, puesto que hay técnicos que están ofertando los certificados a un precio por debajo del coste de realizarlo. ¿Qué prefieres, libre mercado o una regulación de precios mínimos y máximos para los honorarios técnicos?

Escrito por Raquel Marco Solanilla

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