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Nuevas Ayudas: Rehabilitación, Alquiler e Implantación del IEE

Ayudas-Rehabilitacion-Alquiler-Implantacion-IEE

La Comunidad Valenciana ha publicado, el pasado 25 de mayo, una serie de novedades en cuanto a las ayudas 2016 a la rehabilitación, el alquiler y a la implantación del IEE para la Eficiencia Energética.

La Orden 5/2016, de 19 de mayo, de la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de fomento de la rehabilitación de la edificación y se convocan las ayudas para el ejercicio 2016.

La Generalitat pretende dar un nuevo impulso a la rehabilitación de edificios y viviendas, buscando una mayor efectividad de las ayudas convenidas con el Estado, así como las aportaciones de la Generalitat en el Plan estatal 2013-2016.

Se pretende potenciar los procesos de rehabilitación en los ámbitos de mayor vulnerabilidad potencial y contribuir a resolver problemas que de otra forma es difícil que se pudieran solucionar.

Especialmente aquellos relacionados con la accesibilidad y eficiencia energética, patologías estructurales o adecuación de instalaciones del edificio.

El plazo de solicitud propuesto es hasta el 24 de junio y constará de:

Actuaciones Subvencionables

Para la rehabilitación de elementos comunes en edificios de viviendas

1. Actuaciones de Conservación:

Cimentación, estructura e instalaciones (deficiencias detectadas en el IEE-CV).

Fachadas, cubiertas, medianeras u otros elementos comunes (deficiencias detectadas en el IEE-CV), sólo en estos casos:

• Se trata de edificios declarados BIC, catalogados o protegidos, o situados en conjuntos histórico-artísticos.

• O se ejecutan simultáneamente con actuaciones de sostenibilidad subvencionables.

-Instalaciones comunes de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, residuos y telecomunicaciones, para adaptarlas a la normativa vigente.

2. Actuaciones de Sostenibilidad.

Siempre que se reduzca, un 30% o más, la demanda energética para calefacción y refrigeración del edificio.

3. Actuaciones de Accesibilidad

Instalación de ascensores en edificios sin ascensor.

Renovación de ascensores, instalación de salva-escaleras, rampas u otros dispositivos que faciliten la accesibilidad.

-Instalación de elementos de información o de aviso tales como señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores.

-Instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior, tales como videoporteros y análogos.

Requisitos de los Edificios

-Edificios de tipología residencial colectiva.

-Anteriores a 1981.

-Que sean el domicilio habitual de sus propietarios o usuarios

Excepcionalmente:

• Presente graves daños, identificados en el IEE

• O sean anteriores al año 2000 y destinados íntegramente al alquiler, durante al menos 10 años.

Beneficiarios

Comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de viviendas. En el caso de edificios para alquiler: administraciones y entidades, de derecho público.

Cuantía de las ayudas

-35% del coste subvencionable de cada tipo de actuación, con el límite de 11.000 € por cada vivienda y por 100 m² de local.

-Cuantía máxima por edificio, según tipo de actuación:

• Conservación: 2.000€ por vivienda, 1.000€ más si se realizan además mejoras de calidad y sostenibilidad, y otros 1.000€ si además de todo lo anterior se mejora también la accesibilidad.

• Sostenibilidad: 2.000 € (si se reduce en un 30% la demanda energética para calefacción y refrigeración del edificio) y hasta 5.000€ (si se reduce en un 50%).

  •  Accesibilidad: 4.000 € por vivienda.

• Estas cantidades se incrementarán en un 10% en caso de edificio declarado BIC, catalogado o con protección integral.

– 10% del coste subvencionable de cada tipo de actuación, con el límite de 4.000 € por vivienda si al menos el 60% de las viviendas tienen ingresos inferiores a 3,5 veces el IPREM.

La Documentación a Aportar Para la Solicitud de las Ayudas

-Impresos oficiales de solicitud de ayudas, debidamente cumplimentados.

-Informe de Evaluación del Edificio IEE-CV y justificante de su inscripción en registro IEE.CV

-Proyecto o Memoria de la actuación a realizar.

Criterios de Adjudicación

-Actuaciones de conservación.

-Actuaciones de sostenibilidad.

-Las actuaciones de accesibilidad.

-Coherencia de la actuación.

Para más información consulta ORDEN 5/2016, de 19 de mayo, de la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria y se convocan las ayudas para el ejercicio 2016.

La Orden 7/2015, de 24 de marzo, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Programa de apoyo a la implantación del informe de evaluación de los edificios.

El plazo de solicitud propuesto es hasta el 26 de julio de 2016 y constará de:

Actuación Subvencionable

Honorarios de la elaboración del Informe de Evaluación de Edificios.

Requisitos

IEE-CV de Edificios de carácter predominantemente residencial.

-Para IEE’s registrados con posterioridad al 1 de abril de 2015.

-El contenido del Informe y procedimiento para su presentación será el establecido por la DG de Obras Públicas, Proyectos Urbanos y Vivienda.

-El Informe incluirá el análisis de las condiciones de accesibilidad, eficiencia energética y estado de conservación de los mismos.

Beneficiarios

Comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de viviendas.

Cuantía de las ayudas

-20€ por vivienda y 20€ por cada 100m² de superficie útil de local.

-Con un máximo de 500€ por edificio o del 50% del coste del informe.

Documentación a aportar para la solicitud de las ayudas

-Impresos oficiales de solicitud de ayudas, debidamente cumplimentados.

-Informe de Evaluación del Edificio IEE-CV y justificante de su inscripción en registro IEE.CV

-Otros documentos de identificación del solicitante y del edificio.

Criterios de adjudicación

Antigüedad del edificio.

-Número de viviendas.

Para más información consulta Orden 7/2015, de 24 de marzo, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Programa de apoyo a la implantación del informe de evaluación de los edificios.

La Orden 6/2016, de 19 de mayo, de la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases que regulan el Programa de ayudas al alquiler de viviendas y se convocan las ayudas para el ejercicio 2016.

La Generalitat, dentro de su estrategia para posibilitar el acceso y disfrute de la vivienda a aquellas personas que más lo necesitan, viene tomando medidas para implantar líneas de ayudas que den respuesta a los diferentes supuestos.

En este sentido la Generalitat está impulsando medidas para posibilitar las adecuadas condiciones que permitan acceder a los sectores de población más desfavorecidos una vivienda asequible.

Ya sea propiciando su oferta o, como en el caso de la presente orden, con medidas tendentes a amortiguar el esfuerzo realizado para ello mediante ayudas a los inquilinos atendiendo, asimismo, al lugar donde residan.

Para más información consulta Orden 6/2016, de 19 de mayo, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases que regulan el Programa de ayudas al alquiler de viviendas y se convocan las ayudas para el ejercicio 2016.

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