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Análisis sobre Auditorias Energéticas del nuevo RD 56/2016

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Este video de auditorías energéticas muestra los puntos más importantes que debes tener en cuenta del RD 56/2016: Sus objetivos y finalidades, a quién afecta, a qué nos obliga, qué debemos hacer, quienes pueden realizar las auditorías y cuáles son las sanciones en caso de incumplimiento.

Además, todo ello para alcanzar la Eficiencia Energética.

El Real Decreto 56/2016 por el que se van a regular las auditorías energéticas a grandes empresas.

Las auditorías energéticas son herramientas que permiten a las organizaciones conocer su situación con respecto al empleo de energía. Con el fin de unificar criterios en la UE, se requiere de una normalización, que permita hacer comparables los resultados obtenidos.

Por otro lado, el Real Decreto afecta a empresas de más de 250 empleados, o empresas que sin cumplir este requisito exceden los 50 millones de euros de volumen de negocio (unas 3.800 empresas en España, con cerca de 27.000 establecimientos o locales).

Estas auditorías deberán renovarse cada 4 años. Y tienen 9 meses para realizarla.

La auditoría deberá abarcar el 85% del consumo total de energía final del conjunto de las instalaciones ubicadas en el territorio nacional que fomenten parte de las actividades industriales, comerciales y de servicios que dichas empresas y grupos en el desarrollo de su actividad económica.

El certificado de eficiencia energética tendrá validez para la parte edificatoria, nunca será sustitutivo de la auditoría.

Los criterios de la auditoría vienen especificados en el apartado 3 del artículo 3.

Tan solo puede realizar auditorias aquella persona que esté en posesión de una titulación universitaria o que tenga unos conocimientos teóricos y prácticos sobre energía.

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