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Ayudas para la Rehabilitación de Viviendas en Cataluña

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Aunque ya se ha cerrado el plazo para solicitar la mayoría de las ayudas para la rehabilitación de viviendas en Cataluña proporcionadas por la Generalitat, hay aún un tipo de subvenciones que se encuentra disponible hasta el 15 de noviembre.

Se trata de una nueva línea de préstamos, por un valor total de 10 millones de euros, para financiar obras de rehabilitación de edificios realizadas desde las comunidades de propietarios. El 12% de la dotación será destinado a la ciudad de Barcelona.

Con esta nueva medida, se pretende animar a las comunidades de propietarios a invertir en obras de rehabilitación, eficiencia energética y accesibilidad.

 

Importe de las ayudas

Se establece un importe mínimo de 30.000€ para la comunidad y un máximo de 20.000€ por vivienda de la misma.

Las bases establecen un interés fijo del 2%, con un plazo máximo de amortización de 15 años.

 

Objeto de las subvenciones

Entre las actuaciones contempladas por las ayudas, se encuentran las siguientes:

  • Rehabilitación del estado de conservación del edificio.
  • Obras de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad del edificio.
  • Obras de mejora de la seguridad de utilización y accesibilidad.

 

Requisitos para obtener el préstamo

Existen una serie de requisitos que las comunidades de propietarios y los edificios deben cumplir para poder optar al préstamo, a saber:

  • Las comunidades deben ser solventes, acreditando un índice de morosidad igual o inferior al 5%.
  • El 70% de la superficie del edificio sobre rasante debe estar destinada a la vivienda, excluyendo la planta baja, de tener un uso distinto.
  • Como mínimo, el 50% de las viviendas deben ser un domicilio habitual y permanente.
  • Disponer previa solicitud del Informe de Evaluación del Edificio (IAE). Este incluye el Informe de Inspección Técnica del Edificio (IITE), el Certificado de Eficiencia Energética (CEE) y la Etiqueta de calificación energética (EE).

 

¿Cómo se solicita el préstamo?

Las solicitudes para optar a esta ayuda se deben formalizar vía telemática a través del formulario disponible en la web del Instituto Catalán de Finanzas.

Obtendrán resolución por orden de entrada, hasta agotar el presupuesto.

 

¿Cuál es el plazo para solcitarlo?

El plazo finaliza el 15 de noviembre de 2020.

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