Las ayudas se destinarán a actuaciones integrales que
favorezcan el ahorro energético, la mejora de la
eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables, quedando
excluidas las actuaciones de obra de nueva planta. Podrán optar a estas ayudas los proyectos que cumplan todas las bases hasta agotar el presupuesto destinado, en función del orden de llegada.
En el Anexo I aparecen las actuaciones que deben realizarse para optar a una de estas ayudas,y son las siguientes:
-mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica
-mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación
-sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas
-sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas
La cuantía de la ayuda bajo la modalidad de entrega dineraria sin contraprestación quiere decir que no se tiene que devolver el dinero de la ayuda, por un importe del 30 % del coste de la actuación,teniendo un límite máximo de 3.000 €/vivienda en edificios residenciales.
En el caso de préstamo reembolsable podrá ser de hasta el 60% del coste de la actuación, teniendo un máximo de 6.000 €/vivienda.En este caso el dinero de la ayuda se ha de devolver según lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Para optar a estas ayudas será necesario realizar un
Informe de Evaluación de Edificios, como ocurría en la Ley 3R ( puedes consultar "
Ley 3R todo lo que debes saber" o "
Adiós ITE Hola IEE") .En dicho informe es necesario haber realizado la
Certificación Energética del edificio completo que debe incluir la calificación energética obtenida antes de realizar la Rehabilitación Energética y la calificación que se obtendrá tras la actuación.
Además se deberá realizar una
inspección periódica de las instalaciones de calderas cuando la potencia nominal sea superior a 20 KW y a aires acondicionados, cuando la potencia sea superior a 12 KW, especificando en ambos casos los rendimientos de las máquinas. Tras la realización de la inspección se emitirá un informe que incluirá la calificación del
estado de la instalación así como recomendaciones para mejorar la
eficiencia energética de la instalación. Todas estas pautas marcadas por el RD 238/2013.
Si quieres saber más para mejorar la envolvente térmica consulta los artículos, "Mejora la envolvente de tu vivienda.Fachadas" o Mejora la envolvente de tu vivienda. Ventanas"
Escrito por Raquel Marco Solanilla