Todo lo que necesitas saber sobre el alquiler vacacional

Un alquiler vacacional es un tipo de alojamiento en el cual se pone a disposición de los huéspedes una vivienda completamente equipada, con fines turísticos y durante periodos cortos de tiempo.
Se trata de una modalidad de hospedaje alternativa a los tradicionales hoteles y que durante años ha gozado de gran aceptación en Estados Unidos, Canadá y Europa. Sin embargo, el alquiler vacacional se trata de una opción cada vez más popular en todos los lugares del mundo.
¿Qué diferencia hay entre alquiler de temporada y alquiler vacacional?
En los alquileres vacacionales las estancias no pueden superar los 31 días, mientras que los alquileres de temporada, también conocidos como alquileres turísticos, van desde los 32 días hasta los once meses.
Los alquileres de temporada están pensados para trabajadores que tengan que vivir en otra ciudad de forma temporal, o estudiantes que tengan que mudarse durante unos meses al lugar en el que está su instituto o universidad, entre otros.
En el caso del alquiler vacacional, el propietario cede su vivienda para que pueda ser utilizada con fines vacacionales, durante un máximo de 31 días. Por ello, el inmueble deberá estar perfectamente acondicionado y amueblado para este fin.
Ventajas del alquiler vacacional
El alquiler vacacional ofrece numerosas ventajas frente al alquiler turístico, no sólo para huéspedes sino también para propietarios.
En primer lugar el alquiler vacacional ofrece mayor rentabilidad. Numerosos estudios han demostrado que el alquiler vacacional es notablemente más rentable que el tradicional a largo plazo, particularmente en los puntos de mayor afluencia turística de nuestro país.
Por norma general, basta con alcanzar un porcentaje de ocupación del 60% para que este comience a dar más beneficios que un arrendamiento tradicional a largo plazo.
Por otro lado, los alquileres vacacionales proporcionan también una mayor flexibilidad. Los alquileres a largo plazo obligan a arrendador y arrendatario a comprometerse por periodos de tiempo que rara vez bajan de los 6 meses. Sin embargo, un contrato de alquiler vacacional tiene una duración mucho más corta. Esto brinda también mayor seguridad, ya que en caso de que entren okupas en nuestra propiedad, será muchísimo más fácil expulsarlos en un alquiler vacacional.
En comunidades autónomas como Galicia, la duración máxima de una estancia continuada está entre 1 y 3 meses, por lo que si en algún momento decides que no quieres continuar alquilando tu propiedad lo tendrás mucho más fácil si es un alquiler vacacional.
¿Cómo poner tu casa en alquiler vacacional?
A la hora de dar de alta nuestra vivienda vacacional, deberemos cumplir con la normativa legal de nuestra Comunidad Autónoma o nuestra localidad, y contar con los requisitos legales pertinentes tales como la identificación de la vivienda y su titular, su cédula de habitabilidad, realizar una declaración responsable del inicio de una actividad turística e inscribir la vivienda en el registro de alojamientos turísticos.
Una opción muy recomendable es recurrir a un software de gestión de alquiler vacacional, a través del cual podemos gestionar nuestras reservas, llevar a cabo la contabilidad de nuestro alojamiento, y facilitar la comunicación con los huéspedes a través de respuestas automatizadas, además de poder realizar nuestras gestiones desde cualquier lugar.
Aunque no es obligatorio por ley crear un contrato para alquilar tu propiedad (excepto en Andalucía), es lo más recomendable para evitar problemas y establecer unos límites con los viajeros. De esta manera podemos delimitar las políticas de cancelación, el número de huéspedes permitidos, horarios… en internet podemos encontrar el modelo de contrato de alquiler vacacional ideal para nosotros.
Normativa del alquiler vacacional
En España, cada Comunidad Autónoma asume las competencias en materia de turismo. De este modo, aquellas que lo deseen pueden regular la actividad turística y, en concreto, el alquiler de las propiedades vacacionales.
Por ello, antes de ofrecer tu vivienda a posibles huéspedes, se debe consultar la ley de la región donde se encuentre tu propiedad. Cada normativa puede variar enormemente entre comunidades, siendo las regulaciones aprobadas las siguientes:
- Galicia: Decreto 12/2017, de 26 de enero
- Andalucía: Decreto 28/2016, de 2 de febrero
- Aragón: Decreto 167/2013, de 22 de octubre
- Asturias: Decreto 48/2016, de 10 de agosto
- Cataluña: Decreto 159/2012, de 20 de noviembre
- Comunidad Valenciana: Decreto 92/2009, de 3 de julio
- Islas Baleares: Decreto 20/2015, de 17 de abril
- Islas Canarias: Decreto 113/2015, de 22 de mayo
- Navarra: Decreto 230/2011, de 26 de octubre
- Comunidad de Madrid: Decreto 79/2014, de 10 de julio
Al no existir una regulación única en materia de alquileres vacacionales, los Ayuntamientos de cada localidad también pueden regular ciertos aspectos de la normativa. Por este motivo, los negocios de alquiler vacacional en zonas de elevada concentración turística como Madrid, Barcelona o Canarias han sido sometidos a regulaciones locales más estrictas.
En caso de que una comunidad autónoma no tenga regulación, se aplicará el “régimen de arrendamiento de temporada” amparado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). La LAU es la ley que regula, de un modo más común, los alquileres en España.
¿Cómo saber si una vivienda vacacional es legal?
Cada normativa intenta definir los requisitos para que una vivienda sea habilitada como piso turístico. Para poder hacerlo el propietario debe hacer la solicitud correspondiente y aportar la documentación necesaria para comprobar que, efectivamente, cumple los requisitos. Si esa solicitud es aprobada la vivienda pasa a estar inscrita en un registro en la comunidad autónoma.
Para saber si un piso es turístico y está reconocido legalmente como tal, podemos comprobar su número de inscripción en el registro autonómico correspondiente.
Algunas Comunidades Autónomas como Andalucía, Aragón o Galicia ya disponen de portales web en los que se puede comprobar si un piso es legal o no, y algunas ciudades como Barcelona han habilitado en su página web un directorio de pisos turísticos legales. Sin embargo, esto no se ha extendido aún a todas las comunidades y localidades.
Fuente de la imagen de portada: Mundojuridico